Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

¿Qué es un PAMA?

Es un procedimiento legal en materia de comercio exterior, lo establece la autoridad administrativa, que en este caso es la aduanera, y se encarga de forma sucesiva de corroborar las situaciones que pudieran presentar las mercancías que entran y salen del país.

Esto sirve para que en materia fiscal y de comercio exterior, se asegure de que todo lo que hay en la aduana haya llegado de forma legal al país.

¿En que consiste un PAMA?

Consistente en levantamiento de acta y embargo precautorio de bienes en contra de sus importadores, exportadores, agentes aduanales, poseedores o tenedores, cuando han incumplido los trámites o pago de impuestos.

Esta acta notificará al importador o proveedor de un plazo que se le otorgará, aproximadamente diez días hábiles desde su emisión, para demostrar que los procedimientos fueron los estipulados mediante las alegaciones y pruebas correspondientes.

Una vez terminada la investigación, se otorga la resolución administrativa dependiendo el caso: si se entrega la mercancía o continúa el procedimiento legal. En el acta que se emite en caso de requerirse la comprobación, se debe constatar la siguiente información:

  • Identificación de la autoridad aduanera que se encarga del reconocimiento.
  • Descripción de la mercancía considerando sus características y naturaleza.
  • Las circunstancias o hechos por los que el procedimiento fue iniciado.
  • La toma de pruebas que sean necesarias de la mercancía para lograr dictar la resolución propia.

A raíz de estas anomalías, la autoridad aduanera puede imponer las sanciones que correspondan en materia de comercio exterior y que sean acordes con las leyes mexicanas, incluyendo la apertura de un crédito fiscal por la omisión de contribuciones.

¿Cuándo puede proceder el PAMA?

  1. Por introducir mercancías al país en un punto no autorizado.
  2. Cuando las mercancías extranjeras en tránsito internacional se desvíen a rutas fiscales no autorizadas.
  3. Cuando se les transporte en medios distintos a los autorizados en territorio nacional.
  4. Por introducir o sacar del país mercancías prohibidas.
  5. Al incumplir las Normas Oficiales Mexicanas que las regulen.
  6. Si se omite el pago de cuotas compensatorias.
  7. Al no acreditar que se cumplieron todos los trámites previstos en la Ley Aduanera.
  8. Cuando se detecta mercancía no declarada.
  9. Si ingresan vehículos de carga que transportan mercancías sin el pedimento correspondiente.
  10. Si se detecta que la mercancía excede más de 10% del valor declarado, o bien si no existe declaración alguna en la documentación aduanera.

¿Cómo me puede defender y proteger un PAMA?

Se cuenta con diez días hábiles para demostrar que la mercancía cumple con todas las especificaciones ante la aduana. Si todos los aspectos considerados se encuentran en orden no debería haber inconvenientes y las mercancías acceden al país sin problema mediante la resolución administrativa emitida por la autoridad aduanera.

Pueden existir casos en los que el PAMA no cuente con las justificaciones necesarias para que las mercancías tengan un embargo precautorio, o en los que el inicio del acta no se haya realizado correctamente.

En ese caso se puede redactar un amparo indirecto en contra del Acta de Inicio del PAMA para que la ley realice las investigaciones correspondientes y verificar si realmente se inició el acta de forma inconstitucional o ilegal.

¿Necesitas asesoría para evitar este tipo de casos?

Sabemos que lo más importante es asegurarte de que todos tus procedimientos se estén realizando de forma adecuada.

En Xpress Release contamos con un excelente equipo para poder ofrecerte las mejores soluciones en temas de aduana y comercio exterior.

¡No esperes más y comunícate con nosotros!

Similar Posts

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *