Regla 8ª. Establecida en el artículo 2, fracción II de las Reglas Complementarias para la interpretación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
Definición
Es la licencia o permiso que emite la Secretaría de Economía a través de alguna de las fracciones arancelarias de la partida 98.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
Acuerdo de Reglas de la SE
Objetivo
El objetivo es apoyar la competitividad de la industria nacional al aplicar
aranceles preferenciales en la importación de maquinaria e insumos utilizados en la producción y ensamble de mercancías, clasificándolas a través de una fracción arancelaria de la partida 98.02.
Son candidatas
- Empresas que cuentan con un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC).
- Tratándose de importaciones temporales deberán contar también con un Programa MMEX.
Permisos de la Regla 8ª
Permite a empresas que cuenten con registro de fabricante importar al amparo de la fracción designada específicamente para ello, a través de
alguna de las fracciones arancelarias de la partida 98.02 de la TIGIE:
Mercancías de la Regla 8ª
- Insumos
- Materiales
- Partes
- Componentes
- Maquinaria
- Equipos
- Material de empaque y embalaje
- Y, en general, aquellos para la elaboración de los productos establecidos en el decreto PROSEC.
PEXIM.- Permiso importación Regla Octava Temporal (dictaminación automática)
Datos de la solicitud
- Régimen
- Clasificación de régimen
- Categoría del producto
- Descripción de la mercancía
- Fracción Arancelaria
- Unidad de medida
- Cantidad solicitada
- Cantidad autorizada
- Valor factura USD solicitado
- Valor factura USD Autorizado
- Esquema R8
- País
- Justificación y beneficio que se obtiene
- Observaciones
- Entidad Federativa
- Representación Federal
- Número Prosec
- Número Immex
Partidas de mercancía
- Cantidad de mercancía solicitada
- Cantidad de mercancía autorizada
- Unidad de medida
- Fracción Arancelaria
- Descripción solicitada
- Descripción autorizada
- Precio unitario USD solicitado
- Precio unitario USD autorizado
- Total USD solicitado
- Total USD autorizado
Partidas mercancía prosec
- Fracción arancelaria Prosec
- Descripción partida prosec
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.
https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Ayuda/SE/PerImpExp/Imp05/pirot.html
Problemática
- No se tiene control de lo que realmente se importa.
- No permite tener trazabilidad de las mercancías.
- No se controla el cumplimiento de RNNA´s (precios estimados, avisos de importación, cumplimiento de NOM´s).
- No permite generar estadística de comercio exterior.
Boletín B.SNICE 002/2024
El 15 de abril de 2024 se publicó en el portal del Servicio Nacional de
Información de Comercio Exterior con el propósito dar claridad a los
usuarios de comercio exterior de la normativa aplicable a sus operaciones
de comercio exterior.
Mercancía sensible
Aquellas cuya importación requiere controles específicos para proteger la industria nacional y que son susceptibles de ser desviadas a otra finalidad distinta a la otorgada en el Programa IMMEX.
Anexo II Decreto IMMEX
Anexo 28 RGCE 2024 (SAT)
Regla octava temporal (Sensibles) Regulaciones No Arancelarias
En el periodo 2022-2023 (ene-jun) se identificaron fracciones arancelarias de
mercancía sensible o sujetas a Regulaciones No Arancelarias a la importación
(definitiva y temporal).
Sensibles IMMEX
- Textil – Confección
- Siderúrgicos
- Aluminio
Regulaciones No arancelarias
- SEMARNAT
- CICOPLAFEST (Plaguicidas, fertilizantes, sustancias toxicas)
- Salud (COFEPRIS)
Fuente:
https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/REGLAOCTAVA-2024-R8_20240516-20240516.pdf
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