Decreto exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias.

El pasado lunes 22 de abril el Diario Oficial de la Federación (DOF) se público el nuevo decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

En dónde se establece que más de 500 fracciones arancelarias estarán sujetas a un incremento de aranceles temporales de entre un 5% y 50% esto con la intención de incentivar el aumento de ventas a productores locales y poder competir con los precios de empresas importadoras. En el que se vieron involucradas

https://www.xpressrelease.mx/2024/04/26/mas-vale-arancel-en-mano-que-544-volando/

Pero este miércoles 8 de Mayo de 2024 se lanzo otro Decreto del Diario Oficial de la Federación en el que informa modificaciones de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Que actualmente no se cuenta con producción nacional de aluminio en bruto primario (sin alear y aleado), y la disponibilidad de dicha mercancía en países con los que México tiene celebrado un tratado internacional en materia comercial es insuficiente para satisfacer el abasto de las industrias automotriz, de autopartes, y electrónica, entre otras, por lo que resulta necesario suprimir las fracciones arancelarias 7601.10.02 y 7601.20.02 del Decreto referido en el considerando anterior, con la finalidad de evitar una afectación al funcionamiento de la cadena de suministro de dichas industria

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